ESTADO DE LA EDUCACIÓN LEGAL BRASILEÑA

Nadia de Araujo, La Universidad Católica de Río de Janeiro, Brasil

 

 

 

 

            1.  El sistema legal brasileño

           

            Las leyes brasileñas siguen el sistema de derecho civil, donde las decisiones judiciales principalmente no crean la ley, sino en vez interpretan los estatutos en vigor.  Los estatutos se promulgan por parte de legisladores federales, estatales y municipales, quienes están limitados en sus disposiciones de legislar leyes (jurisdicción para prescribir) por las reglas establecidas en la Constitución Federal promulgada en 1998.  En la falta de un principio de derecho específico, la decisión del juez se deberá basar en analogía, derecho usual, y los principios generales de la ley.  A pesar de la función creciente por parte de las decisiones de los tribunales mayores como precedentes persuasivos, estos no son legalmente obligatorios con respecto a las decisiones inferiores del juez.

 

            En la constitución brasileña de 1988, también conocida como la constitución de ciudadanos (Constituiçã Cidadã) es el resultado del proceso de democratización continuo que comenzó en la mitad de los 1980.  El sistema democrático proporcionado en la constitución establece que el acceso a los tribunales se estima sea un derecho o garantía básico individual.  Cada ciudadano garantiza tiene el derecho a debido procedimiento de la ley y sus garantías procesales fundamentales:  una defensa amplia, sistema adversario doble, publicidad de actos procesales, imparcialidad procesal, motivación de decisiones judiciales por escrito, y el derecho de apelación entre otros.

 

            La Constitución indica que la Corte Suprema Federal deberá proceder en su análisis de asuntos constitucionales presentados a ésta a través de apelaciones extraordinarias.  Por otra parte, el Tribunal de Justicia Superior tiene la obligación de establecer una interpretación uniforme de la ley federal dentro del país, lo que se hace por medio de apelaciones especiales.

 

            Los fiscales y los abogados públicos brasileños son representantes de una institución independiente - la cual casi llega a ser un cuarto poder del gobierno - conocido como el Ministerio Público.  Esta institución organizada en ambos niveles federales y estatales tiene sus obligaciones reguladas en la Constitución y en estatutos especiales desempeñando funciones pertinentes en ambos enjuiciamientos criminales y civiles.  Además de argumentar el caso del gobierno en pleitos criminales, sus miembros representan el interés del público involucrado en casos civiles ordinarios, interviniendo en procedimientos relacionados con quiebras, accidentes de trabajo, responsabilidad de consumidores (acciones colectivas), procedimientos de divorcios, protección cultural, histórica y ambiental, entre otras materias de interés general.

 

            El enjuiciamiento civil en Brasil se distingue por la influencia alemana e italiana y los eruditos tal como Von Bülow, Liebman, Chiovenda, Carnelutti y Calamandrei se mencionan frecuentemente por parte de los profesores de derecho y jueces brasileños.  El enjuiciamiento civil se rige esencialmente por el Código de Enjuiciamiento Civil de 1973 (Ley No. 5869 del 11 de enero de 1973, tal como modificado).  Sin embargo, algunos asuntos, tal como pensión alimenticia, divorcio, mandamiento y responsabilidad de producto, se tratan por medio de estatutos especiales.

 

            No existe jurado civil en Brasil y la jurisdicción de jurados criminales se restringe a crímenes intencionales contra la vida.

 

            El principio de descubrimiento aplica solamente a través de disposición legal expresa.  No hay obligación de cada parte para divulgar cualquier hecho o documento pertinente a la otra previo al principio de los procedimientos, los cuales pudiesen ser pertinentes al resultado del caso.  Las disposiciones pertinentes del Código de Enjuiciamiento Civil disponen que toda evidencia obtenida legalmente deberá aceptarse y tener una importancia equitativa en el proceso de tomar decisiones del juez.  El juez deberá examinar y evaluar la evidencia a su discreción.  Además, el juez tiene la facultad de preguntarle a las partes y a los testigos sobre los hechos e indagar la evidencia.  Esta característica distintiva hace que los jueces brasileños sean una figura importante durante los procedimientos, más que sus colegas americanos.  Finalmente, todos los procedimientos se escriben principalmente siguiendo el principio de quod non est in actis non est in mundo (“lo que no está en los registros, no existe en el mundo”).

 

            La ejecución de un fallo extranjero está sujeta a su proceso previo (análisis) de homologación por el Tribunal Supremo Federal y en el procedimiento ejecutorio autónomo subsecuente.  Los fallos extranjeros que contienen medidas coercitivas no son aceptables sin su paso previo in rem judicatam (fallo final) extranjero y homologación por parte del Tribunal Supremo.  Además, la intervención directa de un juez extranjero en casos bajo la jurisdicción brasileña, es inaceptable, aunque se aceptan ampliamente en el Brasil las cartas rogatorias.

 

            2.  Historia de la educación legal brasileña

 

            Las Escuelas de Derecho brasileñas fueron las primeras instituciones para estudiantes graduados que se establecieron en el país, cinco años después que se independizó el país de Portugal en el 1822.  La Escuela de Derecho de Olinda y la Escuela de Derecho de Sao Paulo, ambas se fundaron en 1827 y se convirtieron en los centros principales de la minoría selectiva intelectual, administrativa y política durante el siglo 19 y las primeras décadas del siglo 20.

 

            La enseñanza y estudio de derecho tenían un alcance amplio, básicamente dirigido hacia el oficio público, en vez de para ejercer la abogacía.  La industrialización rápida, especialmente después de 1930, determinó una evaluación y cambio crítico en la formación de abogados.  Casi después de diez años de la segunda guerra mundial, en 1955, el Profesor San Tiago Dantas, en un documento clásico subsecuente, formuló y describió las reformas de los estudios legales brasileños en vista al nuevo ambiente político, social y económico.

 

            A nivel del claustro de profesores, las iniciativas de reforma se adoptaron durante los 1960s, con el fin de adaptar los estudios legales al Brasil después de 1964 (régimen militar), y poner en vigor a través de la Resolución No. 3/72.  Este estatuto estableció un modelo rígido de estudios legales que no trató las necesidades profesionales y más prácticas de los abogados.  Todavía peor, eliminó las disciplinas generales del plan de estudios antiguo, sin introducir nuevas, como Derecho Ambiental y del Consumidor.  Al principio de los 1980s, Brasil experimentó una intención de cambio nueva con la propuesta de incluir un internado obligatorio, sin tener éxito.

 

            En los 1990s, experimentó la repetición de evaluación crítica sobre el modelo de plan de estudios de 1972.  Principalmente, los esfuerzos en esta dirección se patrocinaron por la Asociación de Abogados Brasileña (OAB por sus siglas en inglés).  Se propuso un proyecto nuevo, tomando en consideración las necesidades del mercado y finalmente, se promulgó Portaria MEC No. 1886/94.  Entre los otros cambios, se hicieron obligatorios, cursos tales como Derecho Romano, Derecho Internacional y Filosofía de Derecho (Jurisprudencia) y cursos, tales como Derecho del Consumidor y Derecho Ambiental se introdujeron como cursos facultativos.  Además, para poder satisfacer los requisitos de graduación, cada estudiante deberá desarrollar y escribir un documento de investigaciones que se presentará verbalmente a una directiva compuesta de tres profesores de derecho.  Estas reglas nuevas establecen alguna flexibilidad en las actividades complementarias que son necesarias para graduarse, las cuales incluyen lecciones, seminarios y otras actividades.  También, se requiere un internado profesional obligatorio durante los dos últimos años de la Escuela de Derecho.

 

            La introducción nuevamente del Derecho Internacional en el plan de estudios básico lleva consigo una importancia significante, no solamente para sus categorías tradicionales - Derecho Internacional Privado y Derecho Internacional Público - pero también para un sistema de enseñanza nuevo, el cual se está considerando bajo el título de “Derecho Internacional”.  Este cambio permitirá un análisis amplio del programa, con la introducción de temas pertinentes contemporáneos, tal como Derecho de Derechos Humanos Internacionales, Derecho de Integración y Derecho de Comercio Internacional.

 

3.  El plan de estudios legales

 

            El Ministerio de Educación está facultado para regular el plan de estudios de todos los cursos para estudiantes graduados, incluyendo la Escuela de Derecho.  Portaria 1886/94 determina las disciplinas obligatorias y las horas mínimas necesarias para graduarse en Derecho, lo que no se puede completar en menos de un período de estudios de cinco (5) años.  Los cursos obligatorios son Derecho Civil, Derecho Procesal, Derecho Criminal, Derecho Internacional, Derecho Constitucional, entre otros cursos.

 

            Generalmente, las clases se llevan a cabo por la mañana y por la noche, ya que la mayoría de los estudiantes trabajan a media jornada en oficinas de derecho o como escribanos en las agencias gubernamentales, tal como el Ministerio Público.

 

            El Ministerio de Educación también es responsable de llevar a cabo evaluaciones periódicas de las Escuelas de Derecho, supervisando los credenciales académicos del profesorado, cursos, infraestructura y programas.  Cada dos (2) años, un comité especial está obligado a supervisar el cumplimiento de todos los requisitos de acuerdo a un informe preestablecido y realiza visitas a las Escuelas de Derecho dentro del país.  Una vez al año, el Ministerio patrocina un examen nacional para los estudiantes de Derecho de quinto año, el cual se usa como una guía para la clasificación nacional de las escuelas de derecho.

 

            4.  Características de los estudiantes y el proceso de selección

 

            En Brasil, posterior a la enseñanza secundaria, los estudiantes toman directamente  un curso profesional, el cual dura por lo menos cinco (5) años y cubre ambos cursos del tipo universitario y trabajo de graduado.  Por lo tanto, la Escuela de Derecho es un curso tradicional de cinco (5) años posterior a la enseñanza secundaria.  Se puede decir que los primeros dos (2) años son como trabajo para estudiantes no graduados y los últimos tres (3), más profesionales, aunque todos los cursos están diseñados hacia el derecho desde un principio.

 

            El proceso de preselección (vestibular) desempeña un papel muy importante en Brasil.  Es un examen organizado por las escuelas y considera todos los cursos de la enseñanza secundaria, de acuerdo a un plan de estudios previamente establecido por parte del Ministerio de Educación.  Las universidades públicas están grandemente respetadas porque son gratis y están clasificadas entre las mejores del país.  Por lo tanto, el examen para ingresar es muy competitivo.  Por ejemplo, el año pasado, la relación de ingreso para la escuela de derecho del estado de Río de Janeiro (UERG), fue de 35 estudiantes a una posición, en cambio, en la Escuela de Derecho Católica (PUC), la cual está clasificada como la mejor entre las universidades privadas, la relación fue de 5 a 1.  Por lo tanto, los estudiantes mejores tienden a asistir a las escuelas públicas y rinden  mejor en el examen en el quinto año en el Ministerio de Educación.

 

            Un estudiante que no puede pagar por sus cursos o no entró en una escuela pública optará a favor del turno nocturno de tal forma que él/ella puede trabajar durante el día (generalmente, las clases de noche comienzan a las 7:00 p.m. y terminan a las 10:30 p.m.).  Usualmente, los turnos de por la mañana gozan de estudiantes mejor preparados, mientras el turno de por la noche, tiende a tener estudiantes más cansados quienes no tienen tiempo para prepararse lo suficiente para la clase.

 

            Usualmente, las clases consisten de un grupo de 60 estudiantes y los profesores dan las clases de acuerdo a un programa, pero no tienen tiempo a dirigirse a los estudiantes.  También, no es de costumbre quedarse en la Escuela de Derecho fuera de horas.  Solamente ahora, las bibliotecas están mejorando como resultado de la inspección anual del Ministerio de Educación, pero no se puede comparar todavía a sus contrapartes americanas.

 

            El sistema de calificación no se puede evaluar similarmente como el americano, ya que es diferente entre los profesores de derecho, quienes se benefician generalmente de una gran discreción cuando califican a sus estudiantes.

 

            Algunas escuelas tienen programas de investigaciones especiales que le permiten a los estudiantes permanecer más tiempo y trabajar con un profesor.  La Universidad Católica tiene su programa “PET”.  Tales becas están estructuradas en un programa de estudios de tres (3) años concentrándose en las tres (3) áreas principales siguientes:  primer año, interpretación legal y hermenéutica; segundo año, origines del Derecho Civil a través de la tradición romana; tercer año, Derecho Civil concentrándose en casos de agravio, y conflicto de leyes con enfoque en los casos transnacionales.  El programa se inició para preparar un número limitado de estudiantes sobresalientes para carreras académicas posterior a su graduación estimulándolos para aplicar subsecuentemente a los programas de LL.M.  Para poder continuar en el programa, los estudiantes tienen que mantener sus notas promedio por encima de la puntuación requerida para pasar/suspender (la cual es 5/10), y por lo menos, 7/10.  Usualmente, el promedio que se requiere para estudiantes de “PET” es 8/10 y no están supuesto a suspender ningún curso.  Si un estudiante de “PET” suspende un curso, se le cancela la beca. 

 

            Los resultados de “PET” han sido muy buenos y la mayoría de los estudiantes antiguos se encuentran en la carrera académica.  Sin embargo, el programa es muy pequeño, solamente con un grupo de doce (12) estudiantes.

 

            5.  Características del claustro de profesores

 

            En el pasado, la mayoría de los profesores de derecho, casi siempre eran jueces, fiscales públicos y abogados del estado.  Tener una carrera pública, era un credencial para enseñar derecho.  Considerando que los tribunales solamente funcionaban en la tarde, las clases eran por la mañana y por la noche.  Por consiguiente, los profesores eran todos a media jornada y miembros de la profesión legal.

 

            Recientemente, solamente Brasil ha experimentado una nueva tendencia hacia un profesorado a jornada completa y también a un tipo de profesor más calificado con una cuota obligatoria de un tercio de claustro de profesores con títulos de maestría y doctorado, también dedicándose más a las investigaciones y otros programas en la Escuela de Derecho.

 

            La selección en las Escuelas Públicas se lleva a cabo principalmente a través de exámenes muy competitivos, mientras se decide de una manera diferente en las escuelas privadas.  Sin embargo, debido a la cuota establecida por la nueva ley, todas las escuelas de derecho han estado prefiriendo profesores con títulos de maestría o doctorado por el momento.

 

            Por consiguiente, es importante describir, en este momento, los programas estatales posterior a la graduación en Brasil.  Los programas posterior a la graduación en Derecho experimentaron varias etapas desde su inicio.  Estos programas se han desarrollado grandemente durante los últimos 20 años.  Sin embargo, hasta antes de esto, la carrera de enseñanza tenía su sistema de títulos, previamente regulados por la misma ley que instituyó los cursos legales en Brasil.

 

            Durante este siglo, hemos usado el modelo portugués inspirado por el modelo francés, en el cual los títulos del profesorado se otorgan de acuerdo a ciertos exámenes como exámenes de livre docência y administración.  Por lo tanto, la carrera de enseñanza tiene un sistema de títulos el cual determina su estructura.  Este sistema se usa principalmente en las universidades públicas.

 

            Al final de los 1960, los programas posterior a la graduación, se estructuraron nuevamente en Brasil.  A través de CEPED[1], un modelo americano que se introdujo con el propósito de cambiar el enfoque de lecciones de las clases a un enfoque socrático incluyendo estudios de casos preseleccionados en las clases de derecho.  Los estudios posterior a la graduación de PUC fueron los primeros que se implementaron en Río de Janeiro en 1972 y prácticamente permanecieron solos en el panorama legal de Río de Janeiro.  Sin embargo, su programa solamente tenía un programa de maestría.  Su programa de doctorado comenzó solamente en 1999.  UERJ comenzó su programa solamente en 1995, y su programa de doctorado dos años después. 

 

            Actualmente, aunque los cursos de los programas posterior a la graduación para maestría son numerosos, solamente hay unos cuantos programas de doctorado, forzando a las escuelas de derecho en algunas regiones a invitar profesores visitantes para sus cursos y competir para los pocos profesores que se graduaron en otros estados o en países extranjeros.  Por consiguiente, no es fuera de lo común, que un profesor esté en más de una institución, si él o ella tiene un título de doctor(a).

 

            Hoy día, existe una “llamada” para profesores con títulos de doctor.  Las escuelas privadas, las cuales son más numerosas que las públicas, han resistido históricamente en invertir en su claustro de profesores, prefiriendo contratar por la mayoría, profesores a media jornada con experiencia profesional.  Solamente en universidades públicas - donde la promoción depende en el título - uno se puede encontrar un profesorado preocupado con mejoras académicas.  Sin embargo, el reglamento nuevo ha cambiado esta situación porque todas las escuelas necesitan ahora un mínimo de profesores quienes tienen diplomas posterior a la graduación, y solamente hay unos cuantos de ellos/ellas en el mercado.  Por consiguiente, los programas posterior a la graduación, son muy populares con la introducción de programas nuevos.

 

            Los programas nuevos dependen en la autorización de CAPES para funcionar y éste último se basa en una inspección de sus colegas a través de comités designados por esta agencia federal.

 

            Con la introducción de tantos programas nuevos, la Comunidad Académica Brasileña, ha expresado su inquietud sobre los métodos que se siguieron por los criterios de evaluación adoptados y sobre los controles que son necesarios adoptar, con el fin de prevenir el incremento caótico en el número de cursos sin la estructura adecuada y desarrollo de investigaciones.

 

            6.  Evaluación por agencias federales

 

            En Brasil, existen dos (2) agencias federales especializadas facultadas para otorgar becas y evaluar estudios posterior a la graduación:  CAPES y CNPq.  A medida que la primera se dedica solamente a los trabajos posterior a la graduación, la segunda también trata con estudiantes graduados por medio de becas y el patrocinamiento de proyectos de investigación bajo la supervisión de un profesor de Derecho.

 

            CAPES es responsable también por la calificación de cursos posterior a la graduación y supervisa sus funciones, plan de estudios, proyectos, tesis, etc.

 

            El Ministerio de Educación está obligado a establecer la calificación de los estudiantes graduados, incluyendo un examen nacional de un día, el cual se lleva a cabo al final del curso para todos los estudiantes.  La evaluación está compuesta de tres (3) secciones:  una dedicada a la infraestructura de la escuela, una del examen de los estudiantes y la última parte se dedica al desempeño de los estudiantes en el examen.

 

            El sistema de evaluación de CAPES ha tenido un propósito histórico en Brasil, el cual es seleccionar cursos de graduados para el apoyo financiero del Gobierno Federal, principalmente a través de becas.  Continúa realizando esta función de validación y clasificación, pero también sirve como una fuente de asesoría crítica para las instituciones.  Se está de acuerdo que el sistema ha trabajado bien y ha resultado en la calidad y cantidad incremental de programas de graduados en Brasil y un número incremental de profesores con títulos de doctor en derecho.  El sistema se basa en un análisis por los colegas, usando medidas de producción de calidad en investigaciones y enseñanza y se esfuerza para inducir que cada programa alcance las normas internacionales.

 

 



[1] Para obtener más información, véase a Garner, James A., Legal Imperialism - Americana Lawyers and Foreign Aid in Latin America, la Prensa de la Universidad de Wisconsin, especialmente el capítulo sobre Brasil, pp. 61/125.  El CEPED (Centro para Estudios e Investigación en la Enseñanza Legal) se creó en 1966 por parte de un grupo de profesores y abogados americanos patrocinado por la Fundación Ford, AID y estuvo asociado con la Universidad del Estado de Río de Janeiro (UERJ).  Muchos de sus profesores, han trabajado en PUC.  David Trubek, uno de los líderes del programa, ha elaborado un informe extenso sobre el estado de la enseñanza legal en Brasil y sugirió la introducción del método socrático en los estudios posterior a la graduación en Brasil.  Muchos abogados brasileños jóvenes fueron a los EE.UU. a estudiar y al regresar, trajeron el estilo americano, especialmente a PUC.

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